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23 de marzo de 2015

ARGENTINA: lanzan nuevo plan para financiar impuestos atrasados hasta en tres años de plazo




En el flamante régimen se podrán ingresar deudas devengadas hasta el 28 de febrero pasado, en hasta 36 cuotas a una tasa de interés del 1,9% mensual. La fecha de presentación límite para adherirse será el 30 de abril próximo. Y el valor mínimo de la cuota debe ser de $150. Acceda a los detalles

El próximo miércoles, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner anunciará un nuevo plan de pagos que les permitirá a los morosos impositivos financiar sus deudas con la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) en hasta 3 años con una tasa de interés del 25% anual.

La resolución general que será oficializada recién el viernes 27 y que da los detalles del nuevo plan de pagos.  

Fuentes del gobierno se encargaron de aclarar a este medio que se está ante un nuevo régimen de facilidades de pago y no ante una moratoria: "No se perdona ni condona nada. Ni multas ni intereses", declararon categóricamente las fuentes consultadas.

En el flamante régimen se podrán ingresar deudas devengadas hasta el 28 de febrero, en hasta 36 cuotas (3 años) a una tasa de interés del 1,9% mensual (un 25, 34% anual) La fecha de presentación límite para adherirse será el 30 de abril próximo.


Los detalles del plan

La reglamentación del nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a contribuyentes y responsables establece que los interesados podrán regularizar:

• Obligaciones impositivas y de los recursos de la Seguridad Social, cuyo vencimiento para la presentación de la declaración jurada y pago del saldo resultante hubiese operado hasta el 28 de febrero de 2015, inclusive, sus intereses, actualizaciones y multas.

• Multas aplicadas o cargos suplementarios formulados por el servicio aduanero hasta el 28 de febrero de 2015, inclusive, sus intereses y actualizaciones. 

• El Impuesto a las Ganancias que recae sobre las erogaciones no documentadas.

• Las deudas en discusión administrativa, contencioso-administrativa o judicial, así como en ejecución judicial, en tanto el demandado desista o se allane totalmente y, en su caso, asuma el pago de las costas y gastos causídicos.

• Los ajustes resultantes de fiscalizaciones de la AFIP, siempre que los mismos se encuentren conformados por el responsable y las obligaciones respectivas sean susceptibles de ser incluidas.

• Las cuotas mensuales del impuesto integrado y las cotizaciones previsionales fijas de los sujetos adheridos al Monotributo.

• Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incluidas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema "Mis Facilidades" que se encuentren caducos con anterioridad al día 31 de marzo de 2015, inclusive, y sean susceptibles de ser incluidas.

Asimismo, el cuerpo reglamentario establece que no se podrán incluir:

• Obligaciones de cualquier naturaleza que hayan sido incorporadas en planes de facilidades de pago presentados a través del Sistema "Mis Facilidades" que se encuentren vigentescancelados reformulados al día de su adhesión, los planes caducos con posterioridad al 31 de marzo de 2015 y las diferencias de dichas obligaciones, excepto que surjan de un ajuste de inspección conformado.

• Las retenciones y percepciones -impositivas o previsionales-, por cualquier concepto, practicadas o no, excepto los aportes personales correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia.

• Los anticipos y/o pagos a cuenta.

• El Impuesto al Valor Agregado que se debe ingresar por las prestaciones de servicios realizadas en el exterior cuya utilización o explotación efectiva se lleve a cabo en el país.

• Los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales.

• Las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

• Los aportes y contribuciones con destino al Régimen Especial de Seguridad Social para empleados del Servicio Doméstico y Trabajadores de Casas Particulares.

• Las cotizaciones fijas correspondientes a los trabajadores en relación de dependencia de sujetos adheridos al Monotributo, devengadas hasta junio de 2004.

• Las cuotas de planes de facilidades de pago vigentes.

• El impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos.

• La contribución mensual con destino al Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (RENATEA) 

• El impuesto Adicional de Emergencia sobre el Precio Final de Venta de Cigarrillos.
 
Desde la AFIP aclararon que los planes de facilidades de pago formulados reunirán las siguientes características:
 
• Las cuotas serán mensuales, iguales y consecutivas; excepto la primera y sexta, las que cancelarán una mayor proporción de capital. 
 
• El monto de cada una deberá ser igual o superior a 150 pesos. 

• La cantidad máxima a otorgar será de 36 cuotas (tres años) .

• La tasa de interés de financiamiento será del 1,90% mensual.
Paralelamente, quienes quieran adherir deberán respetar las siguientes condiciones:

• Que las declaraciones juradas determinativas de las obligaciones impositivas y de los recursos de la Seguridad Social por las que se solicita la cancelación financiada, se encuentren presentadas a la fecha de adhesión al régimen.

• Que las obligaciones con vencimientos fijados entre el 1 de marzo de 2015 y la fecha máxima permitida para la adhesión del plan (30 de abril próximo), se encuentren presentadas y canceladas o regularizadas, siendo este requisito condición resolutoria para la aceptación del plan propuesto.

La adhesión al régimen deberá formalizarse informando mediante transferencia electrónica de datos:

• El detalle de los conceptos importes de cada una de las obligaciones que se regularizan y el plan de facilidades solicitado.

• La Clave Bancaria Uniforme (CBU) de la cuenta corriente o de la caja de ahorro de la que se debitarán los importes correspondientes para la cancelación de cada una de las cuotas.

• Apellido y nombres, número de teléfono celular y empresa proveedora del servicio, dirección de correo electrónico, así como los restantes datos de la persona debidamente autorizada (presidente, apoderado, contribuyente), los cuales resultarán necesarios para recibir comunicaciones vinculadas con el régimen -que faciliten su diligenciamiento- a través del servicio de mensajería de texto “SMS”, correo electrónico y de “e-Ventanilla”.

Las cuotas vencerán el día 16 de cada mes, a partir del mes inmediato siguiente a aquel en que se consolide la deuda y se formalice la adhesión, y se cancelaránmediante el procedimiento de débito directo.

A su vez, el fisco nacional advierte que la caducidad del plan de facilidades de pago, operará de pleno derecho cuando se produzca alguna de las siguientes causales:

• Se registre la falta de cancelación de:

-Dos cuotas, consecutivas o alternadas, a los 60 días corridos posteriores a la fecha de vencimiento de la segunda de ellas.

-Una cuota, a los 60 días corridos contados desde la fecha de vencimiento de la última cuota del plan.

De esta manera, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray lanza un nuevo plan de pagos para aliviar la mochila fiscal de los contribuyentes.


Fuente: iProfesional

6 de febrero de 2015

ARGENTINA: La AFIP reforzará los controles sobre las operaciones realizadas en el mercado financiero

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) avanzará en los próximos días en un estricto control de seguimiento que recae sobre el sector financiero.

Puntualmente, el organismo a cargo de Ricardo Echegaray se apoyará en distintos regímenes de información que ponen la mira sobre los gastos con tarjeta, los ingresos de fondos del exterior y el mercado cambiario. También apuntará a las operaciones de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales.

una vez procesados los datos, la AFIP enviará nuevas intimaciones a los contribuyentes que estén en falta. La nueva avanzada se nutre de múltiples obligaciones existentes que deben ser cumplida por los sujetos que actúan en el mercado financiero y realizan ciertas transacciones, entre las que se destacan, por ejemplo:

  • La compra y descuento mediante endoso o cesión de documentos.
  • El ingreso de fondos radicados en el exterior por personas residentes en el país.
  • Administración de tarjetas de crédito.
  • El transporte de caudales, custodia o tenencia de efectivo o valores.
  • Otras asociadas con instrumentos o contratos derivados y de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales.
Los datos respectivos deben presentarse mensualmente a través de la página web del organismo de recaudación. Para ello, se debe contar con clave fiscal, con nivel de seguridad "2", como mínimo.

Conocida la nueva avanzada que recae sobre las operaciones realizadas en el mercado financiero, el consultor tributario, Alberto Romero afirmó que la AFIP busca "profundizar y ampliar las tareas de inteligencia fiscal para luego direccionar las intimaciones e inspecciones".
Y agregó que "busca seguir de cerca a quienes realizan operaciones habituales en el mercado financiero y declaran menos de lo que corresponde en Ganancias y Bienes Personales".

Operaciones mediante endoso

Con respecto a las operaciones de compra y descuento mediante endoso o cesión de documentos, la reglamentación vigente obliga a:
  • Las entidades financieras, cuando actúen como cedentes o cesionarios.
  • El cedente, administrador o agente perceptor designado a tal efecto, siempre que sea un sujeto radicado en el país que asume formalmente la calidad de cobrador de los documentos negociados.
Puntualmente, se debe suministrar todos los meses, la siguiente información:
  • Con relación al sujeto cobrador de los documentos negociados (cedente, administrador o agente perceptor designado):
    • Apellido y nombres, razón social o denominación,
    • Domicilio constituido, 
    • De tratarse de responsables inscriptos ante la AFIP: Clave Unica de Identificación Tributaria (CUIT).
  • Clase de documento negociado o tipo de operación efectuada.
  • Responsabilidad del cedente o endosante respecto al pago del monto del crédito transferido.
  • Monto total del documento negociado y fecha de vencimiento.
  • Importe de los intereses de financiación incluidos en los documentos negociados.
Ingresos de fondos radicados en el exterior

Con relación al ingreso de fondos procedentes de otro país, la normativa obliga a informar a las personas físicas, jurídicas, sucesiones indivisas y demás entidades, residentes, que se indican a continuación:
  • Ordenantes con intermediación de entidades financieras.
  • Quienes ingresen los fondos al país en forma directa.
  • Titulares de los fondos cuando actúen por intermedio de alguna entidad o persona no residente, que ingrese en forma directa o, en su caso, ordene a través de entidades financieras el ingreso de los fondos.
Los sujetos obligados deben detallar:
  • El origen de los fondos. 
  • Fecha de ingreso de los fondos al país
  • Fecha de operación que origina los fondos. 
  • Tipo de moneda
  • Importe ingresado en moneda extranjera y expresado en moneda de curso legal. 
  • Monto de la operación que origina el ingreso de las divisas. 
  • Institución financiera interviniente. 
  • País donde se generan los fondos y desde donde se giran los mismos. 
No se deben declarar los ingresos a la Argentina de sumas de dinero iguales o inferiores al equivalente u$s50.000, por mes calendario y por persona o entidad que ingrese en forma directa u ordene dicho ingreso.

Tampoco se deben informar las operaciones que se detallan a continuación:
  • Venta de billetes en poder de residentes.
  • Venta de moneda extranjera de cuentas locales para su transferencia al exterior.
  • Venta de cheques de viajero.
Apertura de cuentas y movimientos bancarios

Asimismo, el fisco nacional obliga a las entidades financieras a proveer datos sobre las altas, bajas y modificaciones que se produzcan dentro de cada mes calendario, respecto de la nómina de las cuentas corrientes y cajas de ahorro, constituidas en sus casas matrices, filiales y sucursales, ubicadas en el país.

A su vez, se debe precisar el monto total de las acreditaciones mensuales efectuadas en las cuentas indicadas anteriormente, en moneda argentina o extranjera, cuando el mismo resulte igual o superior a 10.000 pesos.

También se deberá detallar el monto total de los plazos fijos concretados en el período mensual de información, cuando el mismo resulte igual o superior a 10.000 pesos. Por último, la AFIP obliga a declarar los consumos con tarjetas de débito en el país y en el exterior.

Compraventa de acciones
En tanto, los agentes de bolsa y de mercado abierto deben aportar mensualmente información sobre las compras y ventas que efectúen por cuenta propia o de terceros, de títulos valores públicos o privados negociados en el país.

Más precisamente, deben brindar un resumen de las operaciones y del monto neto atribuible a las mismas, discriminando las que correspondan a compras y a ventas, indicando la modalidad de retribución (comisión o por diferencial de precios).

Asimismo, se deben identificar aquellas originadas por la realización de operaciones de "trading" y de derivados financieros.

También tendrán que precisar el importe neto del total de las transacciones efectuadas por cada titular, durante el transcurso de cada mes calendario que se informa.

A tal fin deberá considerarse la fecha de liquidación y los datos de los titulares de las operaciones, así como de lascompras y ventas por ellos realizadas.

Operaciones de sujetos no residentes a través de entidades financieras locales

El fisco nacional también obliga a las entidades financieras a proveer datos sobre las operaciones que realicen lossujetos no residentes en el país.

Las transacciones alcanzadas por el presente régimen son:
  • Las retribuciones, ganancias y enriquecimientos pagados a los sujetos no residentes a través de dichas entidades, cualquiera sea su naturaleza.
  • Las colocaciones, inversiones o tenencias de dichos sujetos en las mencionadas entidades.
Tarjetas de crédito
Otro centro generador de información vital para la AFIP reside en las entidades administradoras de sistemas detarjeta de crédito.
Mensualmente, deben informar:
  • Los vendedores, locadores y prestadores de servicios adheridos al sistema de tarjeta de crédito.
  • Las operaciones que hayan sido canceladas mediante la utilización de tarjetas de crédito, de compra y/o de débito.
  • Las tarjetas de crédito y/o de compra, tanto emitidas en el país como en el exterior.
Con respecto a los locales y comercios adheridos a la red de tarjetas, la AFIP requiere entre otros datos- lo siguiente:
  • Apellido y nombres, denominación o razón social. 
  • Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT). 
  • Domicilio
  • Situación frente al Impuesto al Valor Agregado (IVA). 
  • Rubro o actividad. 
  • CUIT de la entidad financiera pagadora.
Asimismo, el régimen obliga a detallar, en relación con los titulares de las tarjetas de crédito y de compraemitidas en el país, lo siguiente:
  • Apellido y nombres, denominación o razón social. 
  • Tipo y número de documento. 
  • Número de tarjeta o de cuenta. 
  • Domicilio
  • Cantidad de tarjetas adicionales extendidas. 
  • CUIT de la entidad financiera emisora. 
  • Monto total de los consumos realizados por el titular y los adicionales de la respectiva tarjeta.
De tratarse de titulares de plásticos emitidos en el exterior, el organismo de recaudación también solicita:
  • CUIT del país al que pertenece la entidad financiera emisora. 
  • CUIT del o de los comercios en los cuales se realizaron las operaciones.
Una vez analizados los datos aportados, el fisco nacional podrá confrontar el nivel de vida que surge de los consumos informados contra lo declarado en el Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

"Se dan casos de contribuyentes que presenta un elevado nivel de gastos con tarjeta y figuran como monotributistas", precisaron oportunamente altas fuentes de la AFIP a este medio.

Fuente: iProfesional
http://www.iprofesional.com/notas/205593-La-AFIP-reforzara-los-controles-sobre-las-operaciones-realizadas-en-el-mercado-financiero?utm_source=twitterfeed&utm_medium=twitter

2 de febrero de 2015

ARGENTINA: sucursales de sociedades extranjeras no deben pagar #impuestos a Bienes Personales

En una sentencia clave, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) determinó que las sucursales de empresas extranjeras no deben hacer frente al pago del Impuesto sobre los Bienes Personales.

La causa se había iniciado luego de que la AFIP le denegara la restitución de los fondos a una sede argentina de un banco extranjero que abonó por el gravamen en nombre de la casa matriz.

El juicio giró en torno a la verdadera responsabilidad que poseía una sucursal de una empresa de otro país de ingresar el tributo como responsable sustituta. Puntualmente, si era adecuado considerarla como una entidad separada de la compañía.

Desde el lado del contribuyente, consideraban que no había obligación de pagar, debido a que no estaban comprendidas en la Ley de Bienes Personales. Por el contrario, a ojos del organismo de recaudación correspondía abonar el impuesto.

La Corte Suprema, al igual que las instancias anteriores, hizo lugar al pedido de la entidad bancaria al considerar que la normativa del impuesto no contempla la obligación de que las sucursales de una sociedad extranjera deban actuar como responsables sustitutos.

Con la decisión final -firmada por Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda y Raúl Zaffaroni-, el máximo tribunal deja la puerta abierta a que las empresas foráneas soliciten la repetición del impuesto abonado.

Al menos así lo dejaron en claro los especialistas consultados por iProfesional, que aseguraron que con esta sentencia las sucursales no sólo dejarían de ingresar el impuesto, sino que también podrían reclamar la devolución de los montos depositados oportunamente.

Incluso, desde el estudio Baker & McKenzie -que fue el encargado de enarbolar la defensa de la empresa- explicaron que 'sería importante evaluar la posibilidad de iniciar una acción de repetición del impuesto por los períodos no prescriptos'.

Las claves del caso
Todo comenzó cuando la firma The Bank of Tokio, luego de pagar el Impuesto sobre los Bienes Personales por los períodos 2003 y 2004, se presentó ante la Justicia para reclamar la devolución de los montos ingresados a las arcas fiscales.

A tal efecto, argumentó que, al ser una sucursal en el país de una sociedad constituida en el extranjero, no podía ser considerada sustituta para la cancelación del gravamen, motivo por el cual pidió la devolución del importe abonado.

En primera instancia, la Justicia avaló al banco tras entender que hacer lo contrario significaría darle al impuesto un alcance que manifiestamente no posee. Y lo mismo hizo la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, luego de la apelación del fisco.

La clave, para los camaristas, era que 'la sucursal es un establecimiento secundario, que carece de personería jurídica propia, aunque dotado de relativa autonomía, destinado a colaborar en la explotación realizada por el establecimiento principal'.

Por el contrario, desde el fisco nacional destacaron que la última modificación en la normativa (realizada a través de la Ley 25.585) introdujo una presunción según la cual las sociedades extranjeras son sujetos del impuesto por los bienes situados en el país.

Asimismo, argumentó que las sucursales son establecimientos estables (tal como lo indica la Ley del Impuesto al Valor Agregado) y que se encuentran regidas por la Ley 19.950 (de Sociedades Comerciales).

Así, desde la AFIP afirmaron que estas entidades se encuentran comprendidas en base a la última modificación en Bienes Personales y, por ende, deben hacer frente al impuesto como responsables sustitutos.
Fuente: iProfesional

7 de agosto de 2014

ARGENTINA: AFIP detectó a 991 contribuyentes que no declararon sus rentas en el exterior


A partir de las cláusulas de intercambio automático de información fiscal incluidas en los convenios para evitar la doble Imposición internacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) detectó 991 contribuyentes que pretendieron ocultar sus rentas obtenidas en Australia, Chile, Dinamarca y España.
Sobre esos casos las principales irregularidades detectadas fueron:

  ·   Contribuyentes inscriptos en el impuesto a las ganancias que obtuvieron ingresos por alquileres de bienes en el exterior y no habían presentado su Declaración Jurada.
 ·   Contribuyentes inscriptos como “Monotributistas” que obtuvieron intereses por depósitos en el exterior.
·   Personas físicas argentinas no inscriptas o dadas de baja en el Impuesto en las Ganancias con ingresos por alquileres o depósitos bancarios

El intercambio de información automática comprende también a Italia, Bolivia, Bélgica, Canadá, Finlandia, Perú, Ecuador y Noruega.

Cabe destacar que la Argentina forma parte del Foro Global sobre Transparencia e Intercambio de Información, que recientemente se encuentra trabajando activamente en el nuevo estándar de intercambio automático de cuentas financieras, adoptado por los líderes del G-20 en San Petersburgo.

Nuestro país integra las 46 naciones que se comprometieron a su implementación en forma temprana (Early Adopters Group) para 2017.El nuevo estándar invita a los gobiernos a obtener información detalladas de las cuentas de sus entidades financieras e intercambiarla con otras jurisdicciones anualmente. Este parámetro será formalmente presentado a los ministros del G-20 en la próxima reunión del 20 y 21 de septiembre 2014.

Argentina y su extensa red de acuerdos de intercambio de información

Argentina fue en el año 2012 el primer país sudamericano en formar parte de la Convención Multilateral sobre Asistencia Administrativa Mutua en Asuntos Tributarios, que integran 66 naciones, entre las que se encuentran las potencias del G 7, como Estados Unidos, Reino Unido, Italia, Japón, Alemania, Francia y Canadá.

Cabe aclarar que todos los acuerdos suscriptos se hicieron de acuerdo a los lineamientos de las políticas impulsadas por el G-20 y que cumplen los estándares internacionales de la OCDE sobre transparencia e intercambio de información.

Además, AFIP suscribió acuerdos específicos de intercambio de información fiscal con Uruguay, Andorra, Rusia, Bahamas, China, India, Costa Rica, Mónaco, San Marino y Ecuador como así también Guernsey, Jersey, Bermuda, Caimán, Isla de Man, Azerbaiyán, Hong Kong, entre otros. Además renegocio Convenios de Doble Imposición con clausulas amplias de intercambio de información con Suiza y España.

Fuente: AFIP - Diálogo Fiscal
http://www.dialogofiscal.gob.ar/internacionales/rentasAfip.aspx
 

27 de mayo de 2013

Argentina aumenta restricciones y ya se habla del dólar Montevideo

El “dólar Colonia” llegó a su fin. Por US$50 mensuales por banco, cliente y cuenta, ya no será negocio la extraña práctica que había promovido el cepo de cruzar el charco por el día para hacerse de billetes verdes a un precio en torno de los $6,70 (argentinos) . Ese será finalmente el monto que podrá extraerse con tarjeta de crédito en cajeros de países limítrofes (para el resto del mundo, será de US$800). Pero en un mercado en el que la rigidez de los controles incentiva la búsqueda de rendijas en el cepo, ahora ya se comenzó a hablar del “dólar Montevideo”.

Es que en las casas de cambio de la capital uruguaya se consiguen dólares a $8,20 (argentinos) un 10% más barato que los $9 del blue. Quienes crucen el charco hacia Uruguay tendrán una sola limitación: los $52.500 en el bolsillo que permite la Aduana.

El “arbitraje”, como se denomina en la jerga uruguaya al cambio de pesos argentinos por dólares, cotiza a $8,30 en las casas de cambio mayoristas, pero el arte del regateo es importante. Para obtener US$ 3.000 “el máximo que es posible cambiar sin presentar documentos se puede conseguir $8,20.

Con la ventaja de que la operación es legal, se lleva a cabo en una casa de cambio oficial y dan comprobante para mostrárselo a la AFIP si en algún momento llegara a pedirlo.

¿A qué obedece que en Uruguay se consigan billetes más baratos? Favorecidos por el tipo de cambio, cada vez más uruguayos van de compras a Argentina. Y necesitan traer pesos argentinos, que cambian en las casas uruguayas, que dan $7,70 por cada dólar, aunque regateando un poco y por una cantidad importante, como US$3.000, pueden conseguir que le den hasta $8.

“El jueves es el mejor día para venir a comprar dólares, ya que el fin de semana muchos uruguayos se van para Argentina, entonces necesitamos pesos, así que podemos pagar más por ellos. No te digo que vengas el viernes porque ahí ya está todo el pescado vendido”, resumieron en una financiera.

“El peor día, en cambio, es el lunes, porque tenemos todos los pesos de los argentinos que vinieron el fin de semana, así que a prinicipios de semana no te vamos a poder dar tan buen precio. Y lo mejor es que vengas a Montevideo, porque en Colonia la pizarra nunca es tan buena, al igual que en Punta del Este en temporada”, dicen.

Como el 19 de junio es feriado en Uruguay por el nacimiento de Artigas, se prevé que muchos uruguayos vayan a pasar en Buenos Aires. Así que lo mejor para los argentinos, advierten en Montevideo, será venir en la semana del 10 al 15, para obtener el mejor cambio. En tiempos de cepo, todo vale por el billete.

Fuente. América Economía - 27/05/2013
http://www.americaeconomia.com/economia-mercados/finanzas/argentina-aumenta-restricciones-y-ya-se-habla-del-dolar-montevideo

8 de mayo de 2013

ARGENTINA: Anuncian un mega blanqueo para repatriar capitales no declarados

El Gobierno nacional anunció este martes una amnistía fiscal masiva para dinero y bienes no declarados, tanto en el país como en el exterior. La presentación se realizó en el marco del lanzamiento de dos medidas de estímulo económico para el sector inmobiliario y el energético.

El titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, anunció que tanto particulares como empresas podrán blanquear fondos no declarados sin pagar impuestos ni sufrir ningún tipo sanción administrativa o penal.

Echegaray explicó que se "podrá ingresar al circuito" de modo voluntario o para realizar inversiones todas las tenencias no declaradas en el país o el exterior hasta el 30 de abril de este año. Para tal fin, el Poder Ejecutivo enviará un proyecto de ley al Congreso ; si la norma se sanciona, se otorgarán tres meses de plazo a partir de la promulgación en el Boletín Oficial.

Amnistía fiscal

Los "beneficios" anunciados por la AFIP para quienes suscriban son:
  • Los fondos y bienes que se declaren quedarán exentos de todo tipo de impuestos atrasados. Incluso al de los créditos y débitos bancarios.
  • Quedan liberados de sanciones administrativas y penales.
  • El trámite no es engorroso: se deposita el dinero a declarar en un banco local y se completa una declaración jurada, que será remitida a la AFIP.

Los que completen el trámite deberán presentar la declaración jurada del impuesto a las Ganancias y Bienes Personales correspondiente a este año.

No pueden ingresar esta "exteriorización voluntaria" las personas físicas o jurídicas investigadas por lavado de dinero, financiamiento del terrorismo y funcionarios públicos (de cualquier poder y jurisdicción).

El anuncio en curso se desarrolló conjuntamente con el ministro de Economía, Hernán Lorenzino; el secretario de Política Económica, Axel Kicillof; el secretario de comercio interior, Guillermo Moreno; el administrador federal de ingresos públicos, Ricardo Echegaray; y la presidenta del Banco Central, Mercedes Marcó del Pont.

Asimismo los fondos que ingresen al blanqueo podrán utilizarse para realizar inversiones. Al respecto se anunció la creación de dos instrumentos financieros en el proyecto de ley:

Bono para el sector energético

Por su parte, Lorenzino anunció la creación de un bono nacional destinado a financiar "inversiones en YPF y otros proyectos de infraestructura a determinar". Se llamará Bono Argentino de Ahorro para el Desarrollo Económico (BADE).

Este instrumento se podrá adquirir únicamente en dólares (sean declarados o no) por parte de familas o empresas a través de bancos o sociedades de bolsa. Se emitirá en láminas de 100, 1000 y 10.000 dólares, pagará un interés del 4% anual y vencerá en el año 2016.

Estos bonos cotizarán en el mercado de capitales y serán transferibles.

Certificado Inmobiliario

Marcó del Pont explicó que el Banco Central creará Certificados de Depósitos Inmobiliarios (Cedim) en dólares estadounidenses. El interesado de los billetes los depositará en un banco a cuenta y orden de la autoridad monetaria, quien recibirá un certificado de tenencia.

Con ese último certificado, el tenedor podrá ejecutarlo para comprar una propiedad o desarrollar una inversión inmobiliaria (construcción y desarrollo). Quien reciba al certificado como pago, podrá ir al banco y cobrarlo en dólares.

"Nos estamos haciendo eco de la necesidad del sector de la construcción para recuperar el dinamismo. Es un instrumento nominativo, al portador, endosable y que su posibilidad de recupero va a estar asociada a la acreditación de la realización de una inversión en la construcción o inmobiliaria", explicó la titular del Banco Central.

Fuente: La Nación - 7/5/2013
http://www.lanacion.com.ar/1579741-lorenzino-y-su-equipo-convocaron-a-una-conferencia-de-prensa-sorpresa

18 de marzo de 2013

ARGENTINA: Nació el dólar "turista": aplican recargo del 20% a pasajes, paquetes y compras con tarjetas

Paso a paso, y ante lo que muchos temen será la antesala de una maniobra de mayor alcance y de alto impacto, el Gobierno avanzó con nuevas medidas para desalentar el turismo en el exterior, esta vez mediante la aplicación de un cargo extra del 20% a la compra de paquetes turísticos y pasajes aéreos. 
 
Desde septiembre, la AFIP viene aplicando un recargo similar pero para las operaciones realizadas con plásticos en moneda extranjera, como puede ser la compra de indumentaria en un mall de Miami, el pago de la cuenta de un restaurante de Florianópolis, o la adquisición, vía Internet y desde la Argentina, de cualquier producto ofrecido por una tienda virtual del exterior.

Tal como se publicó este lunes en el Boletín Oficial, las personas que realicen compras con tarjetas en el exterior deberán pagar, a partir de hoy, un recargo de 20% en concepto de adelanto por Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales.

Con esta medida, el Gobierno decidió reforzar el cepo al dólar, aumentando la alícuota sobre las compras en el exterior al 20%, e incluyendo todo tipo de paquetes comprados en el país, como los que venden las agencias de viaje.

Según la Resolución General 3.450 publicada en el Boletín Oficial, firmado por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, la medida se toma en base a las "serias irregularidades y conductas defraudatorias por parte de entidades financieras y cambiarias, en particular casas de cambio y agencias de turismo y viajes".

De acuerdo a la entidad, y luego de acciones fiscalizadoras realizadas por el organismo, "se constataron operaciones concertadas de manera irregular por parte de entidades que funcionaban como verdaderos 'fugaductos' de moneda extranjera del mercado cambiario oficial que dieron origen a acciones judiciales por violación al régimen penal cambiario y a la normativa relativa al lavado de dinero".

En diálogo con iProfesional.com, el economista Tomás Bulat destacó que "el Gobierno hacía tiempo que quería aplicar esta medida, pero no encontraba el momento. Dejó pasar el verano, porque tenía que reconciliarse con la clase media, y las vacaciones se sabe que son fundamentales para los argentinos". 

Días atrás, al ser consultado sobre un nuevo recargo a la adquisición de paquetes y aéreos, el titular de la AFIP había brindado algunas pistas al respecto.

"El organismo siempre evalúa y trabaja con responsabilidad y cuando toma una decisión se publica en el Boletín Oficial, se llama a conferencia de prensa generalmente y se la comunica. Mientras no se publique, no hay decisión y tampoco se adelanta información", fueron las palabras de Echegaray, anticipando lo que finalmente sucedió.

En este contexto, el director de una de las agencias de turismo que integra el Top 10 y con un largo recorrido en una de las cámaras que agrupa a empresas del sector, confió aiProfesional.com horas atrás de conocerse esta medida que "había muchos rumores y esto inquietó considerablemente a nuestros clientes".

"Desde los primeros días de marzo veníamos recibiendo una avalancha de consultas de gente que quería comprar un pasaje o contratar un hotel para Semana Santa. Notamos que había mucha desesperación por cerrar operaciones y zafar del 20% de recargo", explicó. 

El empresario fue más allá al asegurar que "en las últimas semanas vengo hablando con lasrentadoras de autos en Estados Unidos, como Hertz, y me venían señalando que la demanda se disparó, no sólo por estos días feriados que vienen sino ya para las vacaciones de invierno. Todo el sector turismo estuvo trabajando a full porque se temía que se aplicara este costo extra que, si bien no es determinante, molesta un poco. Lógicamente la gente hará todo para pagar menos". 

El verdadero objetivo de fondo

Para los expertos, así como el 20% aplicado a compras en el exterior vigente desde septiembre perdió efecto a lo largo del tiempo, la decisión del Gobierno de extender el recargo a la contratación de hoteles y autos en el exterior, así como el pago de tickets aéreos, también tendrá un impacto muy limitado.

Lejos de desalentar el actual "furor" de argentinos cruzando la frontera vía Ezeiza, para los analistas, esta tasa que pasará a cobrar la AFIP será tomada por los turistas como un "costo menor", dado que seguirá siendo sumamente ventajoso poder pagar un hotel o un ticket en cuotas y a un tipo de cambio mayor a los 6 pesos.

Se trata de una cotización que continúa resultando extremadamente tentadora frente a un "blue" que ahora vuelve a amenazar con cruzar la barrera de los $8 por billete verde.

Es decir que, este nuevo parámetro para la contratación de paquetes y pasajes desde la Argentina,achicará el gap con el paralelo, pero no en la medida suficiente como para que los turistas, de ahora en más, pasen a privilegiar los destinos nacionales frente a los del exterior.

Para Gabriel Caamaño Gómez, del Estudio Ledesma, "medidas como estas, de aplicar cargos extra del 20%, se volvieron completamente ineficaces y no desalientan a nadie a salir del país o a comprar bienes afuera, porque la inflación en el mercado doméstico viene más que compensando ese incremento".

Así las cosas, para los expertos, el impacto a futuro en la demanda de pasajes y paquetescon este nuevo recargo, será ínfimo, dado que, en cuestión de meses, el encarecimiento de la oferta turística en el mercado interno por la propia presión inflacionaria, terminará haciendo cada vez más competitivo y tentador cualquier programa que implique cruzar la frontera y hacer shopping fuera de la Argentina.

El directivo de la agencia de turismo que dialogó con este medio fue tajante al respecto: "No hay con qué darle: por más que ahora le apliquen el 20% de cargo extra, ir al exterior seguirá siendo mucho más conveniente".

A la hora de dar las razones de este avance oficial, Bulat consideró que "esta medida no mejora la situación competitiva, sino que se trata de una decisión de corte meramente fiscal".

En otras palabras, el Gobierno, frente a la sangría de divisas que implica que millones de argentinos hagan turismo afuera, decidió sacarle una tajada y lograr que parte de ese flujo de dinero se termine volcando a las arcas públicas.

Tras las vacaciones de verano, la administración K se aseguró una recaudación de $1.000 millones por las operaciones con tarjetas de crédito en el exterior, una cifra nada desdeñable, considerando que gran parte de ese total queda efectivamente en poder del Estado, dado que es mínima la porción de titulares de plásticos que realizan el reclamo ante el organismo para recibir la devolución vía impuesto a las Ganancias, ya sea por cuestiones burocráticas o para evitar ser investigados.
 

En este contexto, ¿cuánto pasaría a recaudar el Gobierno con este nuevo cargo del 20% que ahora se aplica a la compra de paquetes y aéreos y que entra en vigencia este lunes?

Considerando que para este 2013 los expertos prevén que desde la Argentina se giren u$s5.000 millones en concepto de "turismo", el Ejecutivo podría asegurarse una recaudación -que hasta ahora no tenía- del orden de los $4.000 millones al tipo de cambio actual -cifra que resulta de aplicar dicho 20% a esos u$s5.000 millones y luego restarle los primeros meses del año, durante los cuales no estuvo vigente la medida-. 

¿La antesala de una acción de mayor alcance? 
Sin embargo, como se señaló anteriormente, para los analistas, no es tan relevante esta nueva medida como sí el hecho de que esta maniobra puede formar parte de un plan más integral y contundente, cuya coronación sería la aplicación de un desdoblamiento cambiario que llevaría el "dólar turista" a un nivel en el cual veranear en el exterior ya no sería tan atractivo.

"Es muy posible que el Gobierno aplique un desdoblamiento, que obviamente va a generar más líos que soluciones", explicó Bulat, para quien "va a estar más cerca de los $8 que del oficial, porque con ponerlo a $6,70 o en niveles similares lo único que va a conseguir es que la gente lo siga viendo barato y siga haciendo turismo en el exterior".

Frente a esto, en diálogo con iProfesional.com, el ex presidente de la Asociación Argentina de Viajes y Turismo, Tomás Rayan, días atrás lanzó una frase contundente: "A la corta o a la larga se avanzará oficialmente con un dólar especial para el sector turístico".

En caso de que efectivamente el Gobierno apele al desdoblamiento cambiario, ahí sí los expertos son claros al afirmar que será inevitable el "fin de fiesta" para los argentinos deseosos de descansar en Miami, Brasil, Europa o cualquier destino internacional.

"Si el Ejecutivo quiere frenar la sangría de dólares, el tipo de cambio para la actividad va tener que pasar a estar, a valores de hoy, en un nivel superior a los $7. Si a eso le sumamos el 15% de recargo, ahí sí que la cuenta no resultará tan beneficiosa como en estos momentos. La consecuencia es que lógicamente se va a desplomar la demanda y volveremos a los niveles de 2004 o 2005, cuando no teníamos el furor de hoy", explicó con claridad el empresario consultado y que pidió off the record.

Frente a estos rumores crecientes, los expertos aclaran que, de haber novedades, las mismas se producirían recién pasadas las elecciones de octubre, dado que el Gobierno evitará enfrentar el alto costo político que implicará romper el "sueño" de las vacaciones con clase internacional.

¿Subsidio para el "deme dos reloaded"? 

Para Ryan, la del turismo fronteras afuera "es una fiesta que estamos subsidiando todos, porque es una de las pocas actividades que todavía se rige con el tipo de cambio oficial", aun con este nuevo recargo. 

El empresario se quejó además de que "un dólar que se va es un dólar que se pierde. Así es como fue que tuvimos déficit de la cuenta turismo por primera vez en años. Por eso no se entiende la estrategia de seguir subsidiándole a los argentinos la venta de paquetes cuando a los turistas extranjeros no se les da ninguna ventaja impositiva para alentarlos a que vengan y consuman, como sí lo hizo Uruguay, que ofreció muchos beneficios a los visitantes este verano".

Por su parte, Bulat confirmó que, pese al recargo del 15%, "sin dudas el Gobierno está subsidiando la compra de pasajes y paquetes. Incluso podemos decir que dicho subsidio es mayor en el sector turismo que en el negocio de los vehículos importados, porque éstos, al venderse en el mercado interno y no poder escapar del todo de la inflación, vienen teniendo algunos ajustes en dólares, cosa que no sucede con las agencias de turismo". 

Así las cosas, el atraso cambiario y la posibilidad de contratar servicios afuera en pesos y al tipo de cambio fijado por el BCRA renovó el "furor" del uso de plásticos, los cuales se convirtieron en verdaderos aliados de los argentinos que salen a recorrer el mundo.

Las estadísticas del Banco Central brindan un dato contundente: al 1° de marzo último, el saldo por compras con tarjetas fronteras afuera se disparó hasta alcanzar un nuevo récord desde la salida de la convertibilidad.

En efecto: el monto a cancelar por adquisiciones en moneda extranjera superó los u$s500 millones, un 65% más que el promedio de marzo del año pasado y un 150% por encima que el de octubre de 2011, momento en el que el Gobierno aplicara el recargo al uso de plásticos. 

Otro dato que deja a las claras el impulso que genera el atraso cambiario es que, según un relevamiento del popular sitio Hoteles.com, los turistas de nacionalidad argentina figuraron entre los que más gastaron en alojamiento en el mundo a lo largo de 2012, ubicándose dentro del top 10 entre un listado de casi 30 países.

Como contrapartida, y como síntoma de lo cara que quedó la oferta local -en términos de dólar-,la Argentina figura entre las naciones en las que sus ciudadanos menos desembolsan a la hora de alojarse (puesto 24 ).

Así, las cosas, recargo del 20% mediante, los expertos hablan de una nueva avalancha de turistas al exterior para esta Semana Santa y las vacaciones de invierno.

El gran dilema es qué sucederá pasado octubre, justo cuando muchos empiecen a palpitar elverano "cosecha" 2014.

Y se preguntan si no llegará el momento tan "temido" en el que algunos tengan que cambiar las doradas playas de Miami por la querida Mar del Plata.

Fuente: iProfesional - 18/03/2013
http://www.iprofesional.com/notas/156677-Nacioacute-el-doacutelar-quotturistaquot-el-Gobierno-aplicoacute-un-recargo-del-20-por-ciento-a-pasajes-paquetes-y-compras-con-tarjetas

11 de marzo de 2013

ARGENTINA: La AFIP oficializó la nueva escala de deducciones en Ganancias

Es para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que tributan el impuesto; rigen desde el 1 de marzo último


Cuarenta y dos días después del anuncio de Cristina Kirchner, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) publicó esta mañana en el Boletín Oficial la nueva escala de deducciones mensuales para los trabajadores en relación de dependencia, jubilados y pensionados que tributan el Impuesto a las Ganancias.

Mediante la Resolución General 3449 se dispuso que a partir del 1 de marzo la retención que se computará mensualmente por ganancias no imponibles será de 1.296 pesos.

En cuanto a las cargas de familia, por cónyuge se fijó en 1.440 pesos; por hijo 720 pesos; y otras cargas en 540 pesos.

Respecto de las deducciones especiales, se estableció el cómputo en 1.296 pesos (socios de cooperativas) y en 6.220,80 pesos (cargos públicos y gastos protocolares; trabajo en relación de dependencia y jubilaciones, pensiones, retiros o subsidios).

A través del decreto 244 del 2013, el Gobierno fijó la semana pasada los nuevos montos de "las deducciones anuales en concepto de ganancia no imponible, cargas de familia y deducción especial, computables para la determinación del citado gravamen correspondiente a personas físicas y sucesiones indivisas" para adecuarlas al aumento del 20 por ciento en el mínimo que anunció la Presidenta el 28 de enero pasado.

Según el decreto, las reducciones regirán desde el 1 de marzo último, en lugar de ser retroactivos al 1° de enero, como correspondería a un impuesto anual

A pesar de que la AFIP insiste en que hay antecedentes legales que avalarían esos plazos, los tributaristas sostienen que en cualquier caso el Gobierno debería reintegrar lo que recaudó de más en los primeros dos meses del año, cuando regía un mínimo no imponible menor.

Fuente: La Nación - 11/03/2013
http://www.lanacion.com.ar/1562079-la-afip-oficializo-la-nueva-escala-de-deducciones-en-ganancias

10 de marzo de 2013

ARGENTINA reestablece el acuerdo con ESPAÑA para evitar la doble imposición tributaria

Luego del malestar que generó en España la estatización de la empresa petrolera YPF, el gobierno de Cristina Kirchner decidió restablecer el denominado acuerdo de doble imposición tributaria que evitará que las empresas paguen impuestos por los mismos conceptos en los dos países.
El entendimiento será anunciado mañana por el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, quien recibirá al embajador de España en el país, Román Oyarzun, según se informó de manera oficial.

El organismo señaló que se firmará "un convenio con el objetivo de evitar la doble imposición y prevenir la evasión fiscal en materia de impuestos sobre la renta y el patrimonio".

El denominado acuerdo de doble imposición sellado en 1994 fue anulado por la Argentina en junio pasado para impedir la evasión fiscal. Luego de una ardua negociación, la Presidenta aceptó restablecer esa norma.

La mala relación entre España y la Argentina no cambió desde la confiscación de YPF y continúa el malestar y la desconfianza de Madrid, aún no hay señales del gobierno argentino para pagarle a Repsol y las barreras comerciales impuestas por Guillermo Moreno persisten.

El Ministerio de Hacienda español informó días atrás que el nuevo convenio "supone una mejora y actualización del anterior, el cual había sido denunciado, de manera unilateral, por Argentina, lo que implica que ha dejado de tener efecto desde el 1 de enero de 2013". "Por ello, el nuevo texto establece específicamente la aplicación retroactiva a dicha fecha y evitar, así, que las empresas españolas con inversiones en Argentina se pudieran quedar sin la cobertura de un convenio para evitar la doble imposición por un determinado período de tiempo".

Y agregó: "El nuevo Convenio potencia el intercambio de informaciónc de trascendencia tributaria entre ambos países. Con ello, España da un paso más en su compromiso de renegociar todos aquellos Convenios que, por el paso del tiempo y las estrechas relaciones económicas que se mantienen con determinados países, necesitan adaptarse a las nuevas circunstancias".

Fuente: La Nación - 10/03/2013
http://www.lanacion.com.ar/1561892-la-argentina-y-espana-reestablecen-el-acuerdo-de-doble-imposicion-tributaria

7 de febrero de 2013

Uruguay y Argentina comienzan intercambio de datos

Uruguay y Argentina aplican formalmente desde este jueves un tratado de intercambio de información tributaria, un viejo reclamo de Buenos Aires que firmaron el año pasado los gobiernos y luego refrendaron los parlamentos.

La firma de ese convenio con Argentina, Brasil y otros países le permitió a Uruguay salir de la lista de naciones no cooperantes en materia fiscal de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE).

Para el director de la Dirección General Impositiva (DGI) uruguaya, Pablo Ferreri, se trata de uno de los mejores acuerdos de su tipo suscripto por su país y que "fue muy bien negociado".

En el Parlamento, la oposición uruguaya no votó el tratado -ratificado solo con los votos del oficialista Frente Amplio (FA)- por considerarlo una concesión sin contrapartidas en favor de Argentina, cuyas medidas proteccionistas afectan las exportaciones uruguayas.

El convenio establece, además, que la solicitud de información entre los países requerirá de un pedido "fundado y explícito".

El presidente uruguayo José Mujica afirmó en abril de 2012 que el acuerdo tributario obedece al pedido internacional en ese sentido y no a obtener un rédito en la negociación con ese país.

"No tiene nada que ver con una actitud con la República Argentina", sostuvo Mujica, sino que se explica en "seguir el pedido de carácter internacional", en referencia a la exigencia de la OCDE.
Uruguay es un fuerte receptor de depósitos bancarios argentinos y de inversiones inmobiliarias y agrícolas de esa nación.

Fuente: América Economía - 07/07/2013
http://www.americaeconomia.com/economia-mercados/comercio/uruguay-y-argentina-comienzan-intercambio-de-datos-tributarios

19 de diciembre de 2012

Uruguay aprueba acuerdo tributario con Argentina

Montevideo. El Congreso uruguayo convirtió este martes en ley un acuerdo tributario que facilitará el acceso de Argentina a información financiera de miles de sus ciudadanos con cuentas bancarias en el pequeño país sudamericano, en un intento por combatir la evasión impositiva y el lavado de dinero.

La Cámara de Diputados aprobó la norma por 50 votos a favor y 18 en contra. El Senado ya le había dado media sanción a inicios de noviembre.

"Este acuerdo es estratégico porque nos ubica en el nuevo contexto global, en una relación distinta con Argentina y evidentemente hay una serie de medidas contenidas que dan garantías absolutas de la salvaguarda de nuestra soberanía", dijo el diputado del Frente Amplio, José Carlos Mahía.

Argentina insistió durante años para la concreción del acuerdo de intercambio de información tributaria, con el cual podrá solicitar a Uruguay los antecedentes impositivos y bancarios de sus ciudadanos ante sospechas de evasión o lavado de dinero.

"Se está cometiendo un grave error, Argentina va a sacar un alto provecho de este tratado (que) será muy perjudicial al Uruguay", dijo el diputado Juan Manuel Garino, del opositor Partido Colorado.

Los ahorristas argentinos se han refugiado durante décadas en Uruguay para protegerse de las turbulencias económicas en su país y beneficiarse de sus normas sobre secreto bancario, las cuales fueron reformadas a fines del 2010 para cumplir con estándares de la OCDE.

Los depósitos de argentinos en Uruguay representan actualmente el 16 por ciento del total del sistema, cuando en 2001 correspondían al 40%

Los empresarios argentinos son fuertes jugadores en el mercado inmobiliario y en el negocio agrícola uruguayo, por lo que algunos analistas temen que el acuerdo tributario desaliente las inversores en esos sectores.

"Un riesgo que antes no existía, ahora existe: que el fisco argentino pida informes sobre argentinos que tienen propiedades en Uruguay, fundamentalmente en (Punta del) Este y en Colonia", advirtió el tributarista Alberto Varela.

Las autoridades y los especialistas opinan que no habrá un fuerte impacto en el sector bancario dado que para acceder a los datos financieros debe existir una investigación judicial.

"No se puede pedir información (bancaria) al barrer, tiene que haber una investigación tributaria, demostrarse que es relevante esa información. Si la persona no consiente que se muestren (los datos), lo decide un juez", explicó a Reuters el presidente de la Asociación de Bancos Privados, Julio De Brun.

Los depósitos de extranjeros en Uruguay, que casi en un 70% pertenecen a argentinos, sumaron US$3.281 millones a junio de 2012, de acuerdo con cifras del Banco Central.

El presidente ejecutivo de Banco Santander en Uruguay, Jorge Jourdan, dijo a Reuters que "las consecuencias concretas de la firma (del acuerdo) para la banca uruguaya, es difícil cuantificarlas a priori".

Y precisó que los depósitos de no residentes están creciendo a la par de los locales. "Esto no quiere decir que luego de la firma no pueda cambiar la tendencia, pero hasta el momento no percibimos mayores cambios", agregó.

La OCDE había exigido a Uruguay la puesta en práctica de pactos de intercambio de información tributaria como condición para retirar al país de una lista de naciones con cuestionable nivel de transparencia y combate a la evasión.

La agencia impositiva argentina, la AFIP, está en una campaña para detectar depósitos bancarios y propiedades en el exterior sin declarar.

Fuente: América Economía - 19/12/2012
http://www.americaeconomia.com/economia-mercados/finanzas/uruguay-aprueba-acuerdo-tributario-con-argentina

3 de diciembre de 2012

El 'cepo cambiario' sacude los cimientos del mercado inmobiliario de Argentina y Uruguay



Universia Knowledge Wharton. Luisa F, que prefiere no dar su apellido, es argentina y tuvo que bajar los precios de alquiler de su departamento de Punta del Este, el famoso balneario situado en la costa de Uruguay, para la próxima temporada de verano que comienza en diciembre.

El mercado inmobiliario, que opera en dólares, se ha complicado para los asiduos visitantes argentinos, que ante las restricciones prácticamente totales a la compra de moneda extranjera en el mercado interno impuestas por el gobierno de Cristina Fernández de Kirchner, solo les queda la opción de comprar la divisa norteamericana en el mercado negro a 6,30 pesos (US$1,2) el dólar.

El llamado cepo cambiario, envigor desde hace un año con el fin de evitar la fuga de divisas, ha dejado el valor oficial de 4,70 pesos por cada dólar sólo para aquellas compras que se hacen con tarjetas de crédito en el exterior. Recurrir a la extracción de dólares en cajeros automáticos en Uruguay u otro país tan sólo es posible para aquellos ciudadanos que tengan cuentas en esta divisa en Argentina. Sin embargo, desde el mes de septiembre, incluso las compras con tarjetas se han endurecido con la imposición de un 15% de recargo que luego el contribuyente podrá deducir de sus respectivos pagos al fisco en concepto de impuestos a las ganancias o a los bienes personales.

La medida ha provocado la reducción del uso de tarjetas de crédito en un 15,2%, según el Banco Central de la República Argentina.

El gobierno argentino sí permite comprar divisas destinadas al turismo, dólares para el caso de EE.UU. o pesos uruguayos para viajar al país vecino, pero solo una semana antes de viajar y, en general, lo que autoriza no alcanza para cubrir los gastos de una familia que suele tomar una quincena de alquiler para su descanso en las costas uruguayas. La cantidad autorizada depende de los ingresos de cada ciudadano, pero suele ser un promedio de US$100 al día por persona.

“Prefiero no dar mi apellido porque la AFIP (Administración Federal de Ingresos Públicos) nos persigue en la Argentina y en Uruguay”, dice Luisa F. “Hasta ahora pude alquilar todo enero, pero bajé los precios más de un 10% respecto del año pasado”, añade la propietaria argentina, quien se queja de que necesita “al menos US$6.000 para solventar los gastos anuales en el departamento de tres ambientes en Uruguay”.

El caso de Luisa F refleja uno de los efectos que ha producido la aplicación del cepo cambiario. El gobierno está teniendo éxito en la contención de la salida de capitales, ya que ésta ha caído hasta los US$3.600 millones en lo que va de año, frente a los US$20.000 millones en 2011, pero a costa del sector inmobiliario que tradicionalmente funciona en la divisa norteamericana. El dólar también es la forma de ahorro que sienten más segura los argentinos después de haber sufrido varias crisis económicas en el país, en las que el peso siempre salió perdiendo.

De momento, la firma de escrituras durante el mes de agosto ha caído un 35% en comparación con el mismo periodo del año anterior al totalizar 3.776 compraventas de viviendas, de acuerdo al relevamiento mensual del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Se trató de la novena disminución interanual en forma consecutiva y la séptima en el año a tasas de dos dígitos porcentuales.

“Al paso que vamos no es descabellado pensar que terminaremos el año con ventas por debajo de las registradas en 2009, que fue el peor año de la última década", advirtió al diario La Prensa Néstor Walenten, presidente de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA), una organización dedicada a cuidar los intereses de las empresas inmobiliarias.

Hace tres años, en total se vendieron un poco más de 49.000 propiedades en la ciudad, con un mercado que quedó muy golpeado después de la crisis inmobiliaria internacional que se desató con la quiebra del banco norteamericano Lehman Brothers.

Ante esta situación, algunos operadores inmobiliarios tuvieron que dar de baja sus licencias y echar el cierre, mientras que otros optaron por reducir sus costes. “La construcción es un sector intensivo en mano de obra, por lo que peligran miles de puestos laborales”, declaró Walenten.

La reacción del mercado. En opinión de la Dra. Laura Belly, directora de la carrera de Martillero Público y Corredor de Comercio de la Universidad del Museo Social Argentino (UMSA), actualmente el mayor dilema es la determinación del precio de venta de los inmuebles, dado que éstos siempre se han tasado en dólares. Los propietarios se están haciendo a la idea de que tienen que vender en pesos, pero no pierden de vista el precio de referencia en dólares.

El problema es que hoy en día la divisa estadounidense tiene varios precios en el mercado: “por un lado está el dólar oficial (4,70 pesos el dólar); por otro, la moneda en el mercado informal, el denominado blue (6,30 por dólar); y ahora aparece una nueva cotización, el celeste, que resulta de establecer un valor intermedio entre el oficial y el blue”. Belly señala que, por ejemplo, el diario Los Andes de Mendoza publica que la brecha entre el dólar oficial y el blue llega a un 35%. “Estos datos ilustran el grado de confusión de los operadores que no pueden establecer el valor de los bienes”, añade.

Herman Faigenbaum, director del programa de Real Estate Management del Área de Educación Ejecutiva de la Universidad Di Tella, coincide con este punto de vista y señala que “el problema principal que genera es la dificultad de valuar activos de una manera consensuada entre todos los actores de mercado. El resultado de esto es una baja en el volumen de transacciones”.

Una de las tendencias que Faigenbaum prevé en el corto plazo es que las propiedades “bajen su valor en dólares y suban su valor en pesos, encontrando un nuevo estado de nivelación”.

De hecho, las propiedades usadas, que se comercializaron en el pasado en dólares, han salido de la oferta o siguen a la espera de compradores que desembolsen sus dólares ahorrados, aunque sea a menor precio. En tanto, las unidades nuevas se han pasado a pesos con alguna suba para cubrirse de la inflación que supera el 25% anual.

“Los compradores que tienen dólares billetes quieren hacer pesar la posesión de divisa obteniendo descuentos en los precios, de modo tal que reflejen esa brecha cambiaria. Los vendedores no aceptan desprenderse de sus bienes, adquiridos inicialmente en dólares, a un 35 o 37% menos de lo que los compraron”, grafica Belly, de la UMSA.

Respecto de los desarrollos inmobiliarios, o sea la construcción mediante fideicomisos financieros o pool de inversores, “es posible que se realicen en pesos porque los costos de construcción, como compra de materiales, el valor de la mano de obra, etc., están pesificados”, aclara Marcos Ochoa, economista de la Escuela de Posgrado en Negocios de la Universidad de Belgrano (UB).

Los créditos tampoco ayudan a los argentinos a acceder a su primera vivienda o ampliar las comodidades de sus actuales propiedades, ya que “desde hace ya muchos años el volumen del mercado hipotecario es muy bajo, por lo que el efecto que pueda tener la situación actual no tiene impacto en el mercado”, de créditos para viviendas, históricamente bajo en los últimos años, dice Faigenbaum.

De este modo, los que toman créditos hipotecarios lo hacen sólo si el vendedor o el desarrollador inmobiliario de la vivienda aceptan realizar la operación en pesos o el crédito está destinado a reformas de su inmueble.

Efecto dominó. El efecto dominó llegó al país vecino, Uruguay, con el que Argentina comparte frontera y la rivera del Río de la Plata. Es uno de los destinos más elegidos por las clases media y alta para veranear e invertir sus dólares en ladrillos.

En opinión de Belly, de la UMSA, es evidente que “el mercado uruguayo se ve afectado por las medidas dictadas en nuestro país, sobre todo en los proyectos inmobiliarios destinados a viviendas de veraneo de los argentinos”.

Con todo, aunque la falta de dólares por parte de los argentinos frene algunos proyectos, ella cree que sigue siendo una alternativa interesante para los sectores de mayores ingresos del país.

Ante la posibilidad de un verano con menos visitantes, el gobierno uruguayo de José “Pepe” Mujica tomó medidas de incentivo, entre ellas destaca la devolución del IVA de 22% en gastos con tarjeta de crédito en hotelería y gastronomía.

También se prevé la devolución del 10,5% de los montos abonados con tarjetas en concepto de alquiler; se extendió el "tax free" a los pasos fronterizos de Salto, Paysandú y Fray Bentos; y se otorgará un vale por un valor de US$25 a quienes ingresen a territorio uruguayo en auto, que podrá ser canjeado por combustible. El paquete de medidas tendrá un costo fiscal de US$10 millones.

De todos modos, un informe presentado por el Centro de Investigaciones Económicas (CINVE) de Uruguay establece que el cepo cambiario, sumado a la incertidumbre de la economía regional y a la quiebra de la aerolínea local Pluna, tendrá como consecuencia una retracción del 6,5% de las visitas argentinas a Uruguay, según informa el diario El Observador. Se estima que todos los años vacaciona más de un millón de turistas argentinos en el país vecino.

“Dado que los individuos no podrán girar dinero al exterior en ninguna moneda, es de esperar que se pacten una menor cantidad de alquileres. La autorización para comprar dólares para viajar al exterior suele ser por montos muy bajos”, analiza Ochoa, de la UB.

¿Las restricciones cambiarias llegaron para quedarse? ¿Los argentinos se acostumbrarán a ahorrar en pesos? ¿Venderán y comprarán propiedades en moneda local? Nadie tiene esa respuesta a estas preguntas. Por el momento, los especialistas creen que las medidas seguirán vigentes durante un buen tiempo, “y el mercado se acostumbrará a operar con ellas, por lo que retomará un nivel más alto de actividad en el mediano plazo”, dice Faigenbaum, de Di Tella. “La pregunta de fondo es cuál es el mercado y cuál es la rentabilidad para el inversor inmobiliario, y esa pregunta aún no tiene respuesta”, añade.

En agosto, los permisos para construir en la Ciudad de Buenos Aires subieron por primera vez en el año en un 14,8%. Pero si compara el periodo que va de enero a agosto de 2012 con el del año anterior, la caída en los permisos y la superficie permitida para obras asciende a 37,2% y 35,3%, respectivamente.

En el corto plazo, Ochoa cree que si se mantiene la inflación alta junto con el deterioro actual de las expectativas de la población respecto a la economía, el mercado continuará estando dolarizado. El cree que sólo los propietarios que tengan alguna necesidad importante para vender aceptarán pesos por sus propiedades.

En cambio, en el largo plazo, “si se recupera la estabilidad de precios [a través de un control de la inflación], existe la posibilidad de que el mercado se pesifique. A este escenario, le otorgo una baja probabilidad de ocurrencia”, dice. Ochoa añade que la pesificación de la economía solo será posible “si la moneda es estable. En la medida que la inflación se mantenga elevada, vamos hacia un mercado más chico”.

Fuente: América Economía - 3/12/2012
http://www.americaeconomia.com/negocios-industrias/el-cepo-cambiario-sacude-los-cimientos-del-mercado-inmobiliario-de-argentina-y-u